SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO STS 4204/2024: PRESTACIONES INTELECTUALES

Sentencia del Tribunal Supremo del 16/12/2024, sobre un Recurso del Colegio de Ingenieros de Caminos.

Concluye que la Disposición Adicional 41ª de la Ley de Contratos del Sector Público («Se reconoce la naturaleza de prestaciones de carácter intelectual a los servicios de arquitectura, ingeniería, consultoría y urbanismo, con los efectos que se derivan de las previsiones contenidas en esta Ley») implica que la contratación de los servicios de arquitectura tiene la consideración de una prestación de carácter intelectual a los efectos de aplicar las especialidades contenidas en dicha norma sobre criterios de adjudicación como la contenida en el art. 145. 4 párrafo segundo de dicha norma en la que se establece que «en los contratos que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual, los criterios relacionados con la calidad deberán representar «al menos el 51% de la puntuación asignable en la valoración de las ofertas

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